domingo, 19 de julio de 2009

BLOQUES DE PODER

Lo que ha sucedido en Honduras, no es de extrañar, es un experimento echado a andar, por el Bloque en el Poder de la Burguesía Hondureña, y si les da resultados positivos para ellos, no es de dudarlo, estos Bloques en el Poder de las Burguesías a nivel centroamericano, se unen y hacen lo mismo en los demás países de centroamérica, sin importarles, que la comunidad internacional, los tilde de retrógrados.

Prueba de lo anterior, ha sido la forma como los ARENEROS, han defendido el golpe de estado en Honduras, con la esperanza de poder darlo ellos también en El Salvador; ya se rumora, que se encuentran en los preparativos, planeando darlo en diciembre.

Lo que no se han puesto a pensar, es que las condiciones nuestras no son las mismas que las de Honduras, y que aquí, les iría muy mal, tomando en consideración, la experiencia capitalizada de doce años de guerra civil, que tienen los que actualmente se encuentran legitimamente en el gobierno.

Por otro lado, aquí no podrían argumentar que efectuan dicho golpe, en defensa de la Constitución de la República.

En Honduras, eso se argumentó, "violación a la constitución", y por tal razón, usurparon al gobierno por la fuerza de las armas, y al tomar tal actitud, se volvieron violadores de la que ellos, dicen defender. La Constitución, misma, le señala el camino a seguir al pueblo hondureño en su artículo 3 que literalmente dice:

ARTICULO 3.- Nadie debe obediencia a un gobierno usurpador ni a quienes asuman funciones o empleos públicos por la fuerza de las armas o usando medios o procedimientos que quebranten o desconozcan lo que esta Constitución y las leyes establecen. Los actos verificados por tales autoridades son nulos. el pueblo tiene derecho a recurrir a la insurrección en defensa del orden constitucional.

Estos ARENEROS hondureños, violentaron la Constitución de su país, hasta decir ya no; al expulsar de su propio país, al Presidente Constitucional, y luego no permitirle su ingreso, sin importarle lo establecido por ella en su artículo 81.


ARTICULO 81.- Toda persona tiene derecho a circular libremente, salir, entrar y permanecer en el territorio nacional.

Nadie puede ser obligado a mudar de domicilio o residencia, sino en los casos especiales y con los requisitos que la Ley señala.

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